Tribunal descargó a Quevedo y a Erickson de los Santos por acusaciones de sicariato

SANTO DOMINGO.-Aunque la decisión será leída completa el 26 de abril, una jueza del tribunal que juzgaba a Arsenio Quevedo y a Erickson de los Santos, al leer un resumen del proceso liberó a estos dos de su vinculación con los crímenes contra varios choferes en lo que el Ministerio Público calificó como acciones típicas de sicariato. Uno a uno fueron rebatidos los argumentos presentados por la Fiscalía en el resumen previo al fallo leído en el tribunal por una de las magistradas que llevaba dicho caso se procedió a emitir el veredicto este martes.

DETALLES

Luego de casi 40 audiencias de juicio de fondo, el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional emitió el fallo por el caso en el cual estaban implicados el exregidor de Pedro Brand, Erickson de los Santos Solís y el presidente de la Unión Nacional de Transporte y Afines -Unatrafín-, Arsenio Quevedo.

También figuraban en el expediente Danilo Octavio Reynoso Recio (Danilo El Prieto), Cristino Batista Roa (El Mayor), Amauris Cabrera Martínez y Félix de Jesús Lora, a quienes el Ministerio Público acusa de ser responsables de la muerte de los conductores Mateo Nieves de Jesús, Overnys Guerrero y Ángel Javier (Mayimbú).

En la instancia formalizada por la Fiscalía se establecieron inicialmente los tipos penales de lavado de activos provenientes del tráfico de combustible y del narcotráfico, estafa al Estado dominicano, porte ilícito de arma de fuego, asociación de malhechores, uso de documentos falsos y asesinato.

En una reseña previa del diario elcaribe.com se establece que a lo largo del proceso la defensa de los imputados logró que el tribunal variara los tipos penales, dejando sólo las tipificaciones de asociación de malhechores, porte ilegal de armas y asesinato y demostró que las actas de allanamiento y buena parte de las pruebas incautadas se habían realizado de manera irregular, por lo que el tribunal las desestimó.

 Estas acciones produjeron, además, que muchos de los testigos fueran obviados. El Ministerio Público solicitó al tribunal una condena de 20 años de prisión para Arsenio Quevedo y Danilo Reynoso y de 30 años para Erickson de los Santos Solís, Amauris Cabrera y Cristino Batista y para ello presentó al tribunal al menos 165 pruebas, de las cuales sólo fueron aceptadas 91.