Las multas a los que conduzcan borrachos a partir de enero serán hasta de 51 mil pesos

SANTO DOMINGO.-Desde 25 mil hasta una cifra superior a los 51 mil pesos serán las multas a los conductores que den positivo al consumo de alcohol por encima de la medida que marcarán los alcoholímetros para conductores de vehículos en todo el territorio nacional.

La medida empezará a regir a partir del próximo año con los alcoholímetros conforme la nueva Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial donde dispone que quienes conduzcan en estado de embriaguez o bajo efectos de drogas tendrán sanciones de hasta diez salarios mínimos, equivalentes a unos 51 mil 175 pesos.

DETALLES

Los conductores que sean sometidos a la prueba de alcoholímetro deben recibir los resultados del nivel de alcohol que tienen en la sangre, con este recibo pueden impugnar en los tribunales en caso de que no esté de acuerdo con resultado.

Así lo considera el experto en seguridad vial Mario Holguín, quien explica que en otros países funcionan así, y no solo se hace la prueba del aliento, sino con el contacto con la piel y con la respiración, por lo que es necesario que las autoridades expliquen cómo son estos aparatos.

El artículo  256 de la ley 63-17 prohíbe conducir en estado de embriaguez y  el artículo 257 a los que conduzcan bajo los efectos de la droga o sustancia controladas.

En ambos casos la sanción que establece la ley es de cinco a diez salarios mínimos y  la reducción de los puntos de la licencia, que  determine el reglamento, sin perjuicio de las disposiciones relativas a la suspensión y cancelación de la licencia de conducir.

“Cuando se compruebe además del consumo, la posesión de drogas o sustancias controladas, se considerará dicha acción como una agravante y se procederá conforme a la Ley No.50-88, del 30 de mayo de 1988, sobre Drogas y Sustancias Controladas de la República Dominicana, y sus modificaciones”.